Términos y condiciones generales

Identidad

La empresa unipersonal Carolina Guzman está ubicada en Nieuwstraat 37a en (4331 JK) Middelburg, donde está registrada en la Cámara de Comercio con el número 81283954, está representada por Ilse Carolina Guzman Carrillo, quien presenta sus servicios en el sitio web y la tienda web: www.carolinaguzman.com y a través de una tienda física en Middelburg y promocionarlo aún más a través de sus canales sociales: Instagram (@carolinaguzman.eu/ @carolinaguzman.official) y Facebook (@carolinaguzman.eu).

Servicios

Proveemos a la mujer ropa exclusiva, específica para eventos y ocasiones especiales. Nos centramos en mujeres en el grupo de edad de 25 a 45 años, con un alto nivel de educación o un buen trabajo que pueden permitirse comprar ropa de mejor calidad relacionada con la marca y que se caracterizan además por sus frecuentes viajes, viajes de negocios y eventos, tanto nacionales como extranjeros. Otros elementos de nuestro servicio: - Existen tres formas diferentes de adquirir una prenda de Carolina Guzmán. La primera es que las clientas tienen la oportunidad de elegir el vestido que más quieren usar según la marca, con fotos en el sitio web y también disponible en las tallas estándar XS-XL; - También hay varios diseños para elegir. Estos se adaptarán a las medidas de cada cliente. Se solicitarán algunas medidas durante la modificación del diseño existente para adaptar aún más la prenda; - La cliente también puede contactarnos, para que le demos consejos en los que podamos hacerle recomendaciones especiales y específicas para su forma de vestir en cuanto a tipo de cuerpo, usar los colores que mejor le sientan, usar materiales y telas que puedan expresar extra. siéntela y mírala. Esto también tendrá en cuenta el tipo de ocasión, lugar y hora en la que se usará el vestido.

Definiciones

- Consumidor: la persona física que no actúa por razón de profesión o negocio; - No consumidor: la persona o personas que actúan en razón de una ocupación o negocio; - Empresaria: Carolina Guzmán; - Las partes: el consumidor y el empresario; - Acuerdo: el contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor en forma de un sistema organizado de venta a distancia de productos, mediante el cual, hasta la celebración del contrato, se utilizan exclusiva o conjuntamente una o más técnicas de comunicación a distancia; - Oferta: los productos y tarifas e información relacionada que el empresario presenta en su sitio web y tienda web; - Tecnología de comunicación a distancia: Medio que puede utilizarse para celebrar un acuerdo sin tener que reunirse simultáneamente con consumidores y empresarios en la misma sala; - Derecho de desistimiento: posibilidad de que los consumidores se abstengan de celebrar el contrato a distancia dentro del plazo de reflexión; - Plazo de reflexión: El plazo dentro del cual el consumidor podrá ejercitar su derecho de desistimiento.

Términos generales de alcance

1. Estos términos y condiciones generales se aplicarán a todas las ofertas realizadas por el empresario y a cualquier contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor y, además, a todas las ofertas, ofertas, obras, pedidos, contratos y suministros de servicios por o sobre nombre del empresario al consumidor. 2. El Empresario tendrá derecho a modificar las presentes condiciones. 3. Las partes sólo podrán derogar estas condiciones durante un acuerdo en curso, siempre que lo hayan acordado y confirmado expresamente por correo electrónico. 4. Las partes excluyen expresamente la aplicabilidad de condiciones generales adicionales y/o diferentes al contrato por parte del consumidor o de terceros. 5. Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará antes de la celebración del contrato a distancia cómo pueden ser vistas por el empresario las condiciones generales y que se enviarán lo antes posible de forma gratuita a petición del consumidor. 6. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor por medios electrónicos de tal forma que El consumidor puede almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia, se indicará dónde pueden leerse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán de forma gratuita a petición del consumidor por medios electrónicos o de otro modo. 7. Si alguna de las disposiciones de estos términos y condiciones generales fuera nula o fuera destruida, las demás disposiciones de estos términos y condiciones seguirán aplicándose en su totalidad. Sólo se podrá renunciar a las disposiciones de estos términos y condiciones generales en la medida en que se acuerde expresamente entre las partes.

Acuerdo de establecimiento

1. Cuando una oferta sea de duración limitada o esté sujeta a condiciones, así se hará constar expresamente en la oferta. 2. La oferta deberá contener una descripción completa y precisa de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para permitir al consumidor hacer una buena valoración de la oferta. Si el emprendedor utiliza imágenes, éstas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores evidentes o los errores evidentes en la oferta no vinculan al empresario. 3. Cada oferta deberá contener información que deje claro al consumidor los derechos y obligaciones asociados con la aceptación de la oferta. 4. Cada contrato se celebrará -a excepción de lo dispuesto en el apartado 7- en el momento de la aceptación por parte del consumidor de la oferta presentada por el empresario en su tienda web y del cumplimiento de las condiciones adjuntas a la misma. 5. Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario acusará recibo inmediatamente de la aceptación de la oferta por medios electrónicos. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato. 6. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas a tal fin. 7. El empresario podrá, dentro de los marcos legales, informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago y de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato basándose en este examen, tiene derecho a rechazar una orden o solicitud o imponer condiciones especiales a la ejecución.8. El empresario deberá enviar la siguiente información, por escrito o de forma que permita al consumidor almacenar el producto en un soporte de datos duradero y accesible, a más tardar en el momento de la entrega del producto al consumidor: - la dirección de visita del establecimiento del comerciante, donde el consumidor puede presentar reclamaciones; - las condiciones y la manera en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento o una notificación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento; - información sobre garantías y servicio posventa existente; - el precio, incluidos todos los impuestos sobre el producto y, en su caso, los costes de entrega, forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia; - si el consumidor tiene derecho de desistimiento, la forma en que puede utilizarlo.

Obligación de información

1. El consumidor estará obligado a facilitar al empresario los datos e informaciones necesarios, como la dirección a efectos de elaborar la factura, las tallas de la ropa, las dimensiones y otros datos con el fin de prestarle asesoramiento. 2. El consumidor está obligado a rellenar un formulario con datos personales sobre tallas, preferencias, deseos, etc. para partes concretas del proceso de pedido, con el fin de que puedan utilizarse para confeccionar los productos a medida y enviarlos a la dirección deseada. de la ropa.

Tarifas

1. Todas las tarifas aplicadas por el comerciante se expresan en euros, sin IVA y sin incluir ningún otro coste como los gastos de envío, salvo que se indique expresamente y/o se acuerde lo contrario. 2. Todas las tarifas cobradas por el empresario por sus servicios y/o publicadas a través de su sitio web, tienda web o promocionadas de otro modo pueden cambiar unilateralmente en cualquier momento; sin embargo, un acuerdo ya alcanzado se ejecutará al tipo de cambio sin cambios (antiguo), a menos que se acuerde lo contrario.3. No se pueden derivar derechos de las tarifas mostradas en el sitio web, salvo que se indique lo contrario. 4. Durante el período de validez especificado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no podrán incrementarse, salvo cambios en los precios debidos a cambios en los tipos del IVA. 5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el comerciante podrá ofrecer productos cuyos precios estén sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia, a precios variables. Este compromiso con las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados son precios indicativos se mencionan en la oferta. 6. Los aumentos de precios dentro de los tres meses siguientes a la celebración del Acuerdo sólo se permitirán si son el resultado de disposiciones o disposiciones legales. 7. Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo se permitirán si el empresario lo ha estipulado y: - son el resultado de disposiciones o disposiciones legales, o - el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir de la fecha en que surtirá efecto el aumento de precio.

Condiciones de pago

1. Siempre que no se especifique lo contrario en el acuerdo o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán pagarse directamente en el momento de la compra en la tienda web. 2. El consumidor estará obligado a comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o declarados. 3. Cualquier factura enviada al consumidor deberá pagarse dentro del plazo especificado en la factura. 4. Si el consumidor no cumple a tiempo su(s) obligación(es) de pago respecto de una factura, ésta, después de haber sido informada por el empresario del retraso en el pago y después de que el empresario haya concedido al consumidor un plazo de 14 días para cumplir con su obligación de pago. obligaciones de pago, Tras el impago en el plazo de 14 días, deberá pagar los intereses legales sobre el importe aún adeudado y tendrá derecho a cobrar los gastos de cobro extrajudicial (BIK) en los que haya incurrido. Estos gastos de cobro son máximos: 15% sobre importes pendientes de pago hasta 2.500 €,=; 10% para los siguientes 2.500,= € y 5% para los siguientes 5.000,= € con un mínimo de 40,= €. 5. Cuando el apartado 4 se aplique a un no consumidor, a una persona (jurídica) que actúe en el ejercicio de una profesión o negocio, el plazo de pago de cinco días se modificará una vez que el empresario le haya informado del retraso en el pago y abandone el relevo de la mina que se le otorgue sin utilizar nuevamente para hacer frente a sus obligaciones de pago, se le cargará el 50% de los gastos de cobro extrajudicial. 6. Si los costes extrajudiciales realmente incurridos superan el BIK mencionado en el apartado 4, el consumidor siempre será responsable de los costes extrajudiciales realmente incurridos. 7. Si el empresario es equiparado en un procedimiento judicial, todos los costos reales (posteriores) incurridos en relación con este procedimiento también correrán a cargo del consumidor si estos últimos exceden los costos de la condena. Si el pago no se realiza a tiempo, es decir, dentro de los 14 días siguientes a la fecha de envío de la adjudicación al consumidor, se cargarán también los intereses legales, las costas extrajudiciales y las costas judiciales. 8. Si el consumidor no coopera en la adjudicación a que se refiere el apartado 7, se seguirán las medidas de ejecución y ejecución que también se repercutirán al consumidor, además de las reclamaciones legales previas derivadas de la adjudicación.

Acuerdo de ejecución

1. El empresario deberá extremar la diligencia en la recepción y ejecución de pedidos de productos. 2. El lugar de entrega será el domicilio que el consumidor haya puesto en conocimiento del empresario. 3. El empresario deberá ejecutar los pedidos aceptados con la urgencia competente pero, a más tardar, según el tipo de pedido, en un plazo de 3 a 45 días. 4. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos correrá a cargo del empresario hasta el momento de la entrega en el domicilio del consumidor o en el domicilio de un tercero o representante del mismo comunicado previamente al empresario por el consumidor. , salvo pacto expreso en contrario. 5. El empresario tendrá derecho a suspender cualquier contrato, suministro y servicio si se enfrenta a circunstancias fuera de su esfera de influencia, tales como (pero no limitadas a) violencia natural, cortes de energía, interferencias de Internet, bloqueos y/o por otras razones. La suspensión se aplicará hasta el momento en que el acuerdo pueda volver a ejecutarse. 6. Si la continuación del contrato por parte del empresario se vuelve permanentemente imposible como resultado (pero no limitado) de una circunstancia como la mencionada en el párrafo 5, el contrato se disolverá en su totalidad, a menos que pueda disolverse parcialmente (Artículo 6:270 del Código Civil holandés) en el que el trabajo ya realizado se ramifica y mantiene en la medida de lo posible y el empresario ya no podrá realizar las actividades restantes y futuras como resultado de (pero no limitado a) una circunstancia como se menciona en el párrafo anterior. En este caso, la parte futura a disolver siempre está sujeta al hecho de que el consumidor ya haya pagado pagos (parciales) por los productos o servicios adquiridos con respecto a ese período será reembolsado en proporción a él. Sin embargo, los pagos por la parte del acuerdo que no se disuelva seguirán siendo exigibles.

Acuerdo de término

1. Además de la disolución parcial conforme al artículo anterior, el empresario siempre tendrá derecho a resolver el contrato con el consumidor inmediatamente y sin previo aviso de mora y sin derecho a la devolución de una cantidad ya pagada, así como a que no habrá compensación, en los siguientes casos: a) si el consumidor no proporciona información completa/correcta/actualizada al empresario sobre los productos a entregar; b) si el consumidor no se presenta 2 veces (en línea o físicamente en el sitio) a una cita ya programada sin dar un motivo válido de cancelación; c) cuando el consumidor es culpable de un comportamiento inaplicable, incluido (pero no limitado a) comportamiento que debe tipificarse y/o está acompañado de: trato indecente, sexualmente no deseado, expresiones discriminatorias, uso de violencia (psíquica), otros El comportamiento tolerado en una relación laboral normal ha alcanzado y/o superado sus límites. d) cuando exista una circunstancia mediante la cual el empresario pueda establecer que el consumidor ya no podrá pagar facturas futuras; e) En caso de situación o circunstancia creada por el consumidor en la que éste haya hecho imposible al empresario el correcto cumplimiento del contrato y/o de las presentes condiciones generales, previa solicitud al consumidor por correo electrónico y advirtiéndole. cancelar esta situación o circunstancia dentro de los 3 días siguientes; f) circunstancias que escapan a la influencia del empresario económico y que le crean una situación de fuerza mayor; g) en caso de disolución por mutuo consentimiento; h) cuando el consumidor haya obtenido alivio de su deuda; i) cuando el consumidor se encuentre bajo control administrativo, financiero o curatela; j) en caso de fallecimiento del consumidor; k) En los demás casos en que exista una causa importante que justifique la disolución del contrato. 2. En todos los casos de disolución, el empresario tiene derecho a hacer uso de todos los derechos que le confiere la ley, incluido el derecho a indemnización si ha sufrido como consecuencia de la disolución o indisolublemente ligado a ella.

Propiedad intelectual

1. El empresario conservará en todo momento todos los derechos sobre los productos, consejos, documentos, imágenes y/o información y conocimientos relacionados presentados por él a través de su sitio web o tienda web, incluso si han sido cobrados o mejorados posteriormente, ya sea en la petición del consumidor. 2. Los productos a que se refiere la frase anterior no podrán copiarse total o parcialmente, excepto para uso interno del consumidor, ni ponerse a disposición o publicarse de otro modo sin el consentimiento por escrito del comerciante, ni ser utilizados ni puestos a disposición por el consumidor. que no sea para el fin para el cual han sido proporcionados por el empresario

Responsabilidad

1. El empresario excluirá cualquier responsabilidad por daños y/o lesiones y/o enfermedades que surjan de y/o en conexión con la ropa y/o el seguimiento por parte del consumidor de los consejos e instrucciones proporcionados por el Empresario, a menos que exista intención. o negligencia grave y/o un producto dañado recibido por el consumidor y/o una prenda inferior que no cumple con los requisitos de calidad prometidos por el empresario.

2. Además, el empresario aplicará los siguientes motivos restrictivos o de exclusión de responsabilidad y/o daños relacionados y/o consecuentes con respecto a (pero no limitado a): a) daños (comerciales), pérdida de ingresos y similares causados por cualquier causa; b) daño intencional o grave causado por terceros; c) Si el asegurador del empresario por cualquier motivo no paga las prestaciones, la responsabilidad se limitará en todo momento a un máximo de 500 €; d) daños al consumidor causados por errores o incorrecciones; La información y/o comunicaciones actuales y/o completas proporcionadas por éste al empresario y/o como consecuencia de aspectos desconocidos y/u ocultos que conocía, deberá al menos tener conocimiento de que son o fueron relevantes para la ejecución del negocio. contrato. e) daños causados por actos u omisiones del consumidor y/o de terceros contratados por él (ya sea por iniciativa del empresario o no) que sean contrarios a la ley, al acuerdo subyacente o a estos términos; f) daños causados por materiales utilizados en el contrato; g) daño por negarse a ejecutar el contrato para el consumidor según la ley, la ley y/o según el acuerdo subyacente y/o estos términos y condiciones generales; h) daños causados por desastres naturales, cortes de energía o de Internet y cualquier otro evento que, más allá de la voluntad del empresario, le impida (a tiempo) cumplir el contrato con el consumidor; i) daños causados por problemas de capacidad y existencias, como entrega tardía de ropa, restricciones físicas y médicas, como fallas de los empleados inducidas por enfermedad, que impiden que el acuerdo se ejecute (oportunamente); j) en los casos en que el propio consumidor frustre la ejecución del contrato de cualquier forma. Los daños resultantes correrán por cuenta del consumidor; k) el daño causado por una circunstancia invocada por el empresario que le proporciona fundamento para la disolución del contrato; l) en los casos en que el empresario se enfrenta a una fuerza mayor y, por tanto, no puede o no puede ejecutar el contrato a tiempo; m) en los casos en que ya no sea razonable y justo que el empresario le exija mantener en buen estado el contrato con el consumidor.